El próximo día 1 de junio de 2021 entran en vigor los nuevos peajes tarifarios regulados en la Circular 3/2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Esta circular obliga a cambiar la estructura de los peajes para todos los clientes, modificando los actuales periodos de consumo de energía y potencia contratada.

Este cambio implica que, todos los clientes que tengan contratada una potencia superior a 15 kW, pasarán a las nuevas modalidades llamadas Tarifa 3.0TD para baja tensión y 6.1TD para alta tensión inferior a 30 kV. Las actuales tarifas desaparecen con motivo de esta nueva regulación. Estos son los principales cambios para los suministros ubicados en la Península Ibérica:

Periodos para el Consumo de Energía

Con las tarifas 3.0TD y 6.1TD, todos los suministros van a tener seis periodos de consumo, en los que el precio de la energía dependerá, no solo de las horas del día en las que se consuma, sino también de la época del año.

* El consumo de los fines de semana y festivos nacionales se incluirá en un único periodo: P6 (precio más económico).

Potencia Contratada

Las potencias también tendrán seis periodos. Aquellos suministros que actualmente se encuentren con 3 periodos serán convertidos de la siguiente forma:

Potencia actual P1 P2 P2 P2 P2 P3
Potencia nueva P1 P2 P3 P4 P5 P6

Las potencias contratadas deberán ser crecientes, con el periodo P6 mayor o igual que el P5 y así sucesivamente. En el caso de que las actuales potencias no cumplan este criterio, la distribuidora las ajustará automáticamente.

La penalización por exceso de potencia también cambia dependiendo de la potencia contratada, de acuerdo con los siguientes criterios:

Para los suministros de menos de 50 kW, los excesos de potencia se facturarán siguiendo esta fórmula:

Donde:

FEP: Facturación en concepto de excesos de potencia.

tp: Término de exceso de potencia, expresado en €/kW, del peaje correspondiente.

Pdj: Potencia demandada en cada uno de los periodos horario p en que se haya sobrepasado Pcp, expresada en kW.

Pcp: Potencia contratada en el periodo horario p, expresada en kW.

 

Los suministros de más de 50 kW seguirán esta fórmula:

Donde:

FEP: Facturación en concepto de excesos de potencia.

Kp: Relación de precios por periodo horario p, calculada como el cociente entre el término de potencia del periodo p respecto del término de potencia del periodo 1 del peaje correspondiente.

tep: Término de exceso de potencia, expresado en €/kW, del peaje correspondiente.

Pdj: Potencia demandada en cada uno de los cuartos de hora j del período horario p en que se haya sobrepasado Pcp, expresada en kW. En el caso de que el equipo de medida no disponga de capacidad de registro cuartohoraria, se considerará la misma potencia demandada en todos los cuartos de hora.

Pcp: Potencia contratada en el periodo horario p, expresada en kW.

Con el objetivo de que los clientes puedan adaptar la potencia contratada a la nueva normativa, los clientes podrán modificarla dos veces en los doce siguientes meses a la entrada en vigor de la normativa.

Si desea más información al respecto no dude en contactar con nosotros.